Hoy por la mañana se aprobó por mayoría en el Concejo Deliberante de General Rodríguez un proyecto de ordenanza, el N°4050-220.685, que impulsa desde el Departamento Ejecutivo, la creación del Registro Municipal de Perros Potencialmente Peligrosos.
Los principales puntos de la ordenanza:
- Se crea un Registro Municipal de Perros Potencialmente Peligrosos. En el mismo constatarán en legajos los datos de tenedores y perros, que deberán ser actualizados dentro de los 15 días de cualquier modificación (venta, traspaso, robo, muerte, perdida, etc.). Es obligatorio para toda la población, incluye a quienes son titulares de guardería, crían o comercializan. Quedan excluidos del registro perros de las fuerzas de seguridad.
- También se crea un registro de criaderos y establecimientos de venta de perros peligrosos.
- El tenedor del perro debe ser mayor de edad y no haber sido sancionado por infracciones en materia de tenencia.
- Los tenedores de perros potencialmente peligrosos deberán registrar al animal ante la Dirección de Zoonosis dentro de los meses de vida o de los 30 días de adquirido en caso de que sea mayor a 6 meses.
- Se deberá acreditar la contratación de un seguro de responsabilidad civil que cubra todo daño que pueda producir el animal.
- Para registrar al perro el tenedor deberá: completar un formulario con datos propios, datos y fotografía de su perro y datos del veterinario que lo asiste. Acreditar datos del seguro de responsabilidad civil y la identificación del perro mediante microchip implantado por veterinario. Presentar certificado de salud y vacunación antirrábica.
- Los profesionales veterinarios deberán declarar si implantan microchips para identificación de perros para que se los incluya en una red de información del registro de tenencia de perros.
- Se podrá secuestrar animales cuyos tenedores no cumplan con la ordenanza o se encuentre en riesgo la seguridad de terceros.
- Se dispondrá de 180 días para la registración de los perros, y de 360 para la identificación, a partir de la promulgación de la ordenanza.
Según la ordenanza se considera perros potencialmente peligrosos a los que, cualquiera sea su raza, hubieran atacado a personas u animales, muestren comportamiento agresivo o inestable, hayan sido adiestrados para ataque o defensa, por su potencia de mandíbula, musculatura, talla y temperamento, que pudieran causar muerte o lesiones graves a personas u otros animales. También aquellos que pertenezcan a las siguientes razas: pit bull terrier, bull terrier, american staffordshire terrier, dogo argentino, fila brasileño, tosa inu, akita inu, doberman, rottwiller, bullmastiff, dogo de burdeos, bull terrier, gran perro japonés, mastín napolitano, presa canario, ovejero alemán, cane corso. Asimismo, tienen tal consideración los cruces entre las razas mencionadas o con otras razas obteniendo una tipología similar.
Lee la ordenanza completa acá: Registro Municipal de perros potencialmente peligrosos