Lo dispuso el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca. El ex comisario y funcionario rodriguense fue condenado por homicidio agravado, privación ilegítima de la libertad agravada e imposición de tormentos durante la última dictadura militar. Sin embargo aún no se revocó su arresto domiciliario.
[dropcap style=’box’]E[/dropcap]l ex oficial de la policía bonaerense, Gustavo Abel Boccalari, quien fue comisario de General Rodríguez y luego al retirarse de la fuerza, en el gobierno del intendente Oscar Di Landro, fue designado secretario de Seguridad municipal, fue condenado a prisión perpetua por secuestrar, torturar, asesinar y desaparecer a Julio Argentino Mussi. Sin embargo, el Tribunal Oral subrogante de Bahía Blanca no revocó su arresto domiciliario.
“Cárcel común, perpetua y efectiva, ni un solo genocida por las calles de Argentina”, gritó el público tras el veredicto. “Este hombre secuestró, torturó y asesinó a mi hermano, debe pagar, no puede ser que se vaya a su casa”, dijo Elsa, hermana de la víctima, a medios locales de Bahía Blanca.
Los jueces Luis Roberto Salas, Pablo Ramiro Díaz Lacava y Marcos Javier Aguerrido ordenaron señalizar como “sitio de la memoria del terrorismo de Estado” el predio de Bahía Blanca, donde funcionó el centro clandestino de detención de la División Cuatrerismo y dar de baja al policía bonaerense cuando quede firme la sentencia.
“Está sobradamente probado el secuestro, el traslado, la tortura, la muerte y desaparición de Mussi a manos del imputado Boccalari. Participó en todos los tramos de la secuencia delictiva: fue secuestrado en la provincia de Chubut, en Comodoro Rivadavia, hasta allí se trasladó Boccalari, lo trajeron en avión con otras personas maniatado, fue golpeado, quedó acreditado y el tribunal hizo lugar a los pedidos de la Fiscalía”, afirmó José Nebbia, fiscal en la causa.
El represor fue castigado con la pena de “prisión perpetua, inhabilitación absoluta y perpetua, accesorias legales y al pago de las costas del proceso” por ser coautor penalmente responsable de privación ilegal de la libertad, imposición de tormentos y homicidio. Entre los agravantes se destacó “el fin de lograr la impunidad bajo la modalidad de la desaparición forzada de personas”. Hechos que constituyen crímenes de lesa humanidad y -por mayoría- genocidio.
El fiscal Nebbia recordó que el genocida “tenía la domiciliaria ya otorgada” y quedó a la espera de los fundamentos del veredicto, que se conocerán el 19 de mayo, para apelar la continuidad del privilegio.
“Entendemos que se debía revocar porque al estar condenado a cadena perpetua el riesgo procesal para que se fugue aumenta de manera considerable y estaban dadas las condiciones de salud del imputado como de los cuidados dentro de las unidades penitenciarias para que se efectivice su detención en una cárcel común”, sentenció.
El imputado, (que hoy tiene 68 años) era al momento de los hechos subinspector de la Bonaerense y estaba a cargo de la Sección Cuatrerismo de Bahía Blanca, que dependía de la Brigada de Investigaciones de esa ciudad.
La víctima fue Julio Mussi, quien tenía 32 años cuando fue secuestrado por un grupo de tareas en su domicilio de la ciudad de Comodoro Rivadavia, provincia de Chubut, el 22 de marzo de 1977. Mussi permanece desde entonces desaparecido.