La semana pasada se realizó una nueva entrega de Certificados de Regularización Tributaria a vecinos y vecinas de General Rodríguez. Del acto participó el intendente Mauro García y el Subsecretario de Tierras y Escrituración Social, Luis Moreno.
Los Certificados de Regularización Tributaria que se le entregaron en esta oportunidad a 60 familias de nuestra ciudad, es el primer paso para que puedan tener la regularización definitiva y que finaliza con la obtención de la escritura de sus viviendas. A partir de ahora, quienes hayan obtenido esta certificación y cumplan con los requisitos previstos en la normativa podrán acercarse al Municipio para asesorarse en lo respectivo a la escrituración de sus viviendas.
¿Cómo empezar el proceso de escrituración?
Para comenzar hay que pedir turno de atención en la Dirección de Regularización Dominial comunicándose al teléfono: 4840-123 interno: 162, o bien acercarse a cualquiera de los operativos territoriales que realiza el gobierno municipal donde siempre está presente el organismo para asesorar a la población en este sentido.
Primer Etapa: Regularización Tributaria y dominial
Una vez obtenido el turno de atención se solicita a la persona que inicia el trámite acreditar que efectivamente se encuentran viviendo en la casa, por lo que deberán presentar DNI y boleta de algún servicio en el que figure ese domicilio por el plazo de un año o más, fotos de la vivienda, altura domiciliaria y los datos catastrales. En caso de no saber los datos catastrales, se les ayudará a obtenerlos.
Con este trámite, si bien no se acredita titularidad, la Municipalidad de General Rodríguez reconoce a la persona como contribuyente y responsables de pago, un paso importante para luego poder continuar con el trámite de la escrituración social y tener la facultad de poder adherirse a planes de pago y moratorias.
Segunda Etapa: Escrituración social
Luego de completarse el proceso de regularización tributaria y dominial, se comienza el proceso de escrituración social de forma gratuita mediante el “Plan Destino Vivienda”. Para ello, se deberá acreditar 10 años de posesión del inmueble, mediante el pago de servicios, boletos de compraventa, construcción, y cualquier otra documentación con la que se cuente que así lo acredite.
Una vez que ello sea formalizado en la oficina de la Dirección de Regularización Dominial, se pasa a la firma final de trámite, paso previo inmediato a la entrega de escritura en mano.