¿Qué incumplió Lácteos Vidal?
Luego de las medidas de protesta de los trabajadores por las recategorizaciones y el cumplimiento del convenio colectivo de trabajo, la empresa emprendió una serie de despidos injustificados y violando las normativas de protección del derecho a huelga. En simultáneo llevó adelante una campaña de choque en conjunto con figuras de la ultraderecha nacional para desprestigiar y estigmatizar a los trabajadores acusándolos de violentos, mafiosos, etc.
La campaña en los medios nacionales para victimizarse y acusar a ATILRA y a los trabajadores de la fábrica de perpetrar un bloqueo, fue encabezada por la dueña de la empresa junto al MEAB (Movimiento Empresarial Antibloqueo) con figuras como José Luis Espert, Patricia Bullrich, Macri, entre otros.
Sumado a todo esto, Lácteos Vidal contrató nuevos trabajadores luego de efectivizarse los despidos que la justicia había ordenado de manera clara que eran ilegales y debían retrotraerse hasta que el juzgado dictara sentencia firme. Por este incumplimiento se establecieron compensaciones económicas en favor de los trabajadores por cada día sin estar reincorporados.
En síntesis, además de despedir ilegalmente, además de las calumnias e injurias, además del desacato a la justicia, la empresa contrató personal incumpliendo el fallo por lo que debía pagar multas que para colmo se negaba a pagar.
Orígenes de la causa
La causa comenzó en el año 2022 con el reclamo de un grupo de trabajadores de Lácteos Vidal quienes fueron despedidos de forma arbitraria por la gerencia de la empresa, y que, a través de la justicia lograron que se dicte una medida de reincorporación y de pago de astreintes, que la firma se negó a cumplir.
En ese marco, surgió también un problema a raíz de que la empresa contrató nuevos operarios en reemplazo de los trabajadores despedidos, que también acudieron a la justicia para frenar la reincorporación de los despedidos, puesto que esto obligaría a Lácteos Vidal a cesantearlos en sus puestos de trabajo.
La Justicia identificó prácticas “persecutorias y antisindicales”, por parte de la empresa en contra de los trabajadores a quienes luego se despidió, luego de que estos comienzan una huelga en el establecimiento con el apoyo de las autoridades de ATILRA.
Luego de la huelga, los trabajadores recibieron una comunicación señalando que los empleados no concurrieron a su lugar de trabajo para adherir a la medida de fuerza encabezada por ATILRA, y que, de no volver a sus tareas en un plazo de 48 horas, se consideraría que habían abandonado su trabajo.
A partir de allí, y luego de que los trabajadores acudan a los tribunales, la Justicia dictó una medida cautelar de no innovar hasta resolver la cuestión de fondo y que, en el caso de haberse producido alguna desvinculación, la empresa tenía que reinstalarlos y pagar el costo de las astreintes correspondientes.
La empresa cuestionó la resolución judicial, remarcando que previo a la resolución, ya se habían cursado las notificaciones de despido de los trabajadores implicados, aún de aquellos protegidos por la tutela sindical. La firma logró que se suspenda la imposición de astreintes, pero estas fueron ratificadas ante la apelación del fallo de entonces y la empresa volvió a estar sujeta a las medidas interpuestas en primer término, algo que nuevamente tuvo un retroceso ante una nueva apelación que, recientemente, recibió un nuevo fallo en contra.
Contra esto, la Cámara de Apelaciones del Trabajo revocó el fallo del Juez de Primera Instancia de la justicia laboral que suspendía la medida cautelar y reinstaló las medidas solicitadas por el sindicato del sector ATILRA.
Los Fundamentos del Fallo
Lo que los abogados de los trabajadores apelaron en esta instancia fue una medida del juez Ramonet, en favor de la empresa, de suspender las compensaciones económicas (astreintes) por un juicio de los nuevos trabajadores contratados que argumentaban que se los iba a despedir o incluso generar un clima hostil dentro de la empresa con los despedidos en caso de ser reincorporados.
Con la firma de los jueces de cámara, Álvaro Balestrini y Roberto Pompa, la Justicia del Trabajo, en esta nueva instancia judicial la resolución remarca que ante “los antecedentes relevados y derechos a tutelar, corresponde revocar el pronunciamiento apelado y, en su mérito, mantener la vigencia medida cautelar oportunamente dictada”, y aclaró que, “ello, sin que implique, claro está, sentar posición definitiva sobre el fondo del asunto y la controversia que subyace y sin perjuicio de lo que podría llegar a decidirse”, indica el fallo.
La Cámara de Apelaciones entendió que esto forma parte de una estrategia legal de Lácteos Vidal para negarse a cumplir con todos los fallos en su contra, y fundamenta que no pueden retirarse las compensaciones para proteger a los nuevos trabajadores que nunca debieron ser contratados en primer lugar. Es decir, el fallo juzga que no se pueden suspender las compensaciones económicas a favor de los trabajadores originalmente despidos porque la empresa argumenta sobre acciones ilegales que no debió haber ejecutado en primer lugar, es decir, contratar nuevo personal.
¿Cómo sigue el juicio?
Del lado de los trabajadores se busca acelerar la aplicación de la medida astreintes y que las cámaras dejen firme la sentencia de reincorporación por los despidos ilegales. Del lado de la empresa se esperan más incumplimientos y demoras en el acatamiento de lo que dicta la justicia. Esta instancia, sin embargo, refuerza la posición de los trabajadores que llevan ya un largo proceso judicial contra el hostigamiento de la empresa.