Desde el 1 de junio, mediante el Decreto N°868, el Intendente Mauro García ha resuelto exceptuar del Aislamiento Social y Obligatorio y de la prohibición de circular a la actividad y/o servicio de mudanza dentro del municipio de General Rodríguez.
Las mismas deben ser realizadas a través de empresas o fletes autorizados para la actividad, resguardando el cumplimiento de las recomendaciones y protocolos establecidos por las autoridades sanitarias en el marco de la pandemia de Coronavirus, y resguardando las condiciones de higiene y seguridad para preservar la salud de sus trabajadores.
Las mudanzas solo podrán ser llevadas adelante los días sábados y domingos en los horarios de 8 a 13 horas y de 15 a 18 horas.
Quienes estén interesados en ofrecer el servicio de flete para este tipo de actividad deberán requerir autorización previa ante la Secretaría de Transporte del distrito.
Tanto las personas que quieran mudarse, así como también las que ofrezcan un servicio de flete, deberán tramitar el “Certificado Único Habilitante para Circulación Covid-19”, estas últimas deberán portar además la autorización otorgada por la Secretaría de Transporte.