Ante los nuevos casos confirmados de coronavirus en Argentina, el gobierno extremó las medidas de prevención para evitar la propagación.
Mediante el decreto de necesidad y urgencia 260/2020 se dispuso que toda persona que haya estado en los países considerados “de riesgo” debe cumplir cuarentena en aislamiento y dar aviso a las autoridades sanitarias.
El presidente Alberto Fernández, en la última conferencia de prensa, remarcó que el gobierno será “inflexible” ante quienes no respeten esta medida y enfatizó que trabajarán para que aquellos que violen el protocolo sean “perseguidos penalmente”.
En el día de ayer, el Ministerio de Interior, a través de Migraciones, emitió a las provincias el listado completo de los argentinos que regresaron en los últimos 15 días de las zonas de riesgo de coronavirus para que se controle casa por casa que estén cumpliendo con la cuarentena. Por otra parte, personal de Migraciones estaría trabajando para lograr ubicar a cada uno de los extranjeros que ingresaron al país en las últimas dos semanas.
Pese a todos los esfuerzos, se registran cotidianamente irregularidades en este sentido, en todo el país. Nadie se habrá quedado sin conocer el caso del rugbier que volvió de Estados Unidos y atacó a un guardia del edificio en el que vive porque este le advirtió que no podía salir de su casa, o la gran cantidad de gente que ingresó en las últimas horas a la localidad balnearia de Monte Hermoso.
En General Rodríguez, el caso más significativo se dio durante el fin de semana cuando personal de distintas secretarias de la Municipalidad de General Rodríguez, procedieron a realizar la clausura preventiva del Supermercado Universo, ante el incumplimiento de la cuarentena por parte de uno de los propietarios del comercio.
Hay que tomar conciencia de la situación que estamos enfrentando, en lo posible quedarnos en casa, y denunciar a través de la línea 134, a quienes incumplan la cuarentena obligatoria.
¿QUÉ SUCEDE SI SE VIOLA LA CUARENTENA?
- Según lo expresa el Código Penal de la Nación, en su artículo 202, 203 y 205, todos aquellos ciudadanos y ciudadanas que violen la cuarentena y pongan en riesgo a la población tendrán consecuencias penales.
- El artículo 202 remarca que se castigará “con prisión de tres a quince años, el que propague una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas”. Por otra parte, el artículo 203 hace referencia a multas de entre 5 mil a 100 mil pesos cuando la propagación fuera cometida “por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los deberes a su cargo”.
- El artículo 205 indica que “será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.