Mediante un decreto, el gobierno nacional modifico la Ley de Defensa al consumidor. A raíz de esto las empresas prestatarias de servicios dejaran de emitir facturas en papel, salvo que el usuario la solicite. Una medida que acarreara la pérdida de miles de puestos de trabajo.
El viernes 6 de abril los concejales del bloque de unidad ciudadana presentaron en la mesa de entrada del Concejo Deliberante de General Rodríguez un proyecto para que el cuerpo manifieste su rechazo contra el decreto nacional mediante el cual el gobierno nacional modifico la Ley de Defensa al Consumidor. Este cambio podría derivar en ajustes y miles de despidos ya que permite que las empresas prestatarias de servicios no estén obligadas a emitir las facturas en formato papel, salvo que el cliente así lo solicite, exactamente a la inversa de cómo se venía desarrollando hasta el momento.
Ese mismo día representantes de la Federación Grafica Bonaerense se reunieron con los concejales kirchneristas para explicar los alcances nefastos que esta medida acarreara para los trabajadores y para los consumidores que no dispongan de soportes tecnológicos para recibir la información de las facturaciones. No solo los trabajadores gráficos padecerían por la falta de impresión de boletas, sino que la cadena se extenderá a empleados de correo, papeleros y camioneros.
El gobierno nacional, mediante el Decreto 27/2018 modifico la Ley 24.240 de Defensa al consumidor. Uno de los artículos principales que se cambiaron es el número 4, en el que se puntualiza los deberes de la empresa prestataria del servicio con respecto a la información hacia sus clientes.
Antes del decreto el articulo 4 sostenía que “el proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, y las condiciones de su comercialización. La información debe ser siempre gratuita para el consumidor y proporcionada en soporte físico, con claridad necesaria que permita su comprensión. Solo se podrá suplantar la comunicación en soporte físico si el consumidor o usuario optase de forma expresa por utilizar cualquier otro medio alternativo de comunicación que el proveedor ponga a disposición”.
La modificación de este artículo trastoco el carácter protector hacia el consumidor por parte de esta normativa y la convirtió en una herramienta de ajuste al servicio de las empresas. En la actualidad, si bien la información seguirá siendo gratuita, será proporcionada en “el soporte que el proveedor determine, salvo que el consumidor opte por el soporte físico. En caso de no encontrarse determinado el soporte, este deberá ser electrónico”.
Por este panorama oscuro para los trabajadores afectados y para los consumidores perjudicados, los concejales de Unidad Ciudadana de General Rodríguez buscaran que el cuerpo de concejales emita un repudio hacia este decreto nacional que privilegia los intereses de las corporaciones antes que los de los habitantes del país. Esto se suma a los constantes tarifazos aplicados contra el grueso de la población.