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11-04-2017 | PIN – GRAÑA- GÓMEZ
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La salida de María Klajnberg y Héctor Gómez de la conducción del concejo deliberante sigue despertando diferencias entre concejales y ex funcionarios. Desde el oficialismo sostienen que se han forzado las reglamentaciones y acusan de conspiración, desde la oposición afirman que el trueque por Susana Gómez y Eduardo Rodríguez está previsto en el reglamento interno.
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[intense_dropcap]E[/intense_dropcap]Poco más de una semana pasó desde que se produjo el cambio de autoridades del Honorable Concejo Deliberante de General Rodríguez. Susana Gómez, del Frente Renovador Peronista, y Eduardo Rodríguez, ex concejal del GEN, asumieron la presidencia del cuerpo y la secretaria, respectivamente. Los funcionarios que debieron dejar sus cargos fueron la concejala María Klajnberg y Héctor Gómez.
El cambio se produjo en la segunda parte de la primera sesión ordinaria del periodo legislativo 2017 del HCD, con los 11 votos de todo el bloque opositor (la concejala del Frente para la Victoria Claudia Guerra no asistió por problemas de salud). El concejal radical Francisco Pin brindo sus argumentos durante la sesión manifestándose en contra del cambio de autoridades. Pero las diferencias continuaron durante la semana en los medios de comunicación.
Entrevistados en un medio local Pin fue entrevistado y amplio los argumentos esgrimidos durante la sesión, con la particularidad de que califico a los concejales que votaron a favor del cambio de autoridades como “11monos” y dio a entender que el mismo fue fruto de una conspiración. Graña también expresó su opinión, mediante un llamado al aire, y de idéntica manera se expresó un Héctor “osa” Gómez, al cual se lo noto particularmente ofuscado.
“Para mí fue preocupante desde lo institucional. Desde ya que se forzó la ley, que hubo irregularidades en el recambio de autoridades” afirmó “pancho” quien volvió a insistir en la idea de un avasallamiento de “las mayorías” y en que “la ratificación y la rectificación de las autoridades por año en el concejo deliberante no está establecida en ninguna norma, que para la remoción del secretario el propio reglamento interno establece una mayoría que no existió”.
El edil radical (radicalismo de Sáenz) sostuvo que “No hubo argumento, no hubo racionalidad en la decisión. La verdad es que no justificaron ni una sola vez el voto”, por lo que si no lo exige la ley, además de forzar “la interpretación de la ley orgánica de las municipalidades, violaron el reglamento, no tienen argumentos desde la racionalidad y me decís que no es una conspiración, decime como se llama”. Su visión respecto de lo ocurrido la sintetizo Pin en una frase: “Se juntaron 11 monos, levantaron las manos y decidieron que cambiemos no tenía que tener más la presidencia”.
Mientras se desarrollaba la entrevista Graña llamó al aire, manifestando sus argumentos. El edil del Frente Renovador Peronista afirmó que en el 90 se modificó el reglamento interno, agregando el artículo 4 bis, que “establece que por simple mayoría se rectifican o rectifican las autoridades en cada sesión inaugural en el concejo deliberante, esta literal como te lo estoy diciendo”. Además aclaró que “la ley orgánica establece que cada dos años en la renovación de concejales se hace si o si la renovación de autoridades, pero deja el vacío, que está establecido, desde los 90 se viene haciendo así. De hecho en el orden del día lo ponen, porque está hecho desde siempre”.
Se sumó al intercambio luego el ex secretario del HCD Héctor Gómez, quien manifestó que “el artículo 4 bis está en franca contraposición con el articulo74 de la ley orgánica de las municipalidades, con lo cual evidentemente, en función de lo que es el principio y orden jerárquico, en la valoración de las disposiciones, evidentemente un reglamento interno no puede contradecir una ley, y si así sucediera, automáticamente queda sin efecto en función de la famosa pirámide jurídica de valores jerárquicos de las leyes”.
Gómez sostuvo que si no se había producido un cambio de autoridades previamente es porque desde 1990, momento en el que se agrega el artículo 4 bis, no se “registra antecedentes que no se hayan ratificado las autoridades, porque no hubo elecciones y todavía sigue en función lo que la sociedad determino y la sociedad determino que le dio, teóricamente, el beneplácito a cambiemos”.